Son dos principalmente:
- Los de compraventa
- Los de formalización de la hipoteca
Según la sentencia del Tribunal Supremo, los que se pueden reclamar son:
- Gastos notariales
- Gestoría
- Gastos de Registro de la Propiedad
- Tasación
Los que tienes a continuación y si no tienes alguno, puedes pedir copia a tu gestoría o notaría:
- Escritura del préstamo hipotecario.
- Facturas del notario, del registro, del tasador, de la gestoría.
- El justificante de pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
Lo primero que hay que hacer es presentar una reclamación formal ante la entidad bancaria. Después, la entidad tiene un plazo de dos meses para responder. Si no responden, o lo hacen negativamente, el siguiente camino es la vía judicial y a partir de ahí pueden pasar varios meses.
No, puedes hacerlo en cualquier momento incluso si han pasado más de cuatro años desde que cancelaste la hipoteca.
En Abogados DAP y en el caso de reclamación de gastos hipotecarios, cobramos a éxito. Solo ganamos si tu ganas.
Si la sentencia es favorable, puedes contar con tu dinero en un plazo de dos meses.